Registro civil
Matrimonio
COSTO
Desde $10.000
DIRECCIÓN
Registro Civil
Inicio del trámite con modalidad digital
Si se opta por la modalidad digital, uno de los contrayentes debe iniciar el trámite en el portal Mi Registro Civil, con su cuenta de Ciudadano Digital – nivel 2.

Al inicio del trámite, el sistema les solicitará que seleccionen la oficina de registro civil correspondiente y que completen la siguiente información:
  • Nombre y apellido completo de los contrayentes.
  • DNI de los contrayentes.
  • Fecha, hora y oficina donde se realizará la ceremonia.
  • Teléfono de contacto de ambos contrayentes.

Inicio del trámite con modalidad presencial
Si eligen la modalidad presencial, los contrayentes deben reservar turno para la celebración civil en el registro civil que corresponda al domicilio de cualquiera de los contrayentes (con 15 días de antelación a la fecha elegida).

Independientemente de la modalidad optada, los contrayentes deberán cumplimentar con la documentación solicitada de acuerdo a cada caso en particular (mayores de edad, menores, viudos, divorciados, etc.).


Además, no deberán incurrir en alguno de los impedimentos del art. 403 del Código Civil y Comercial de la Nación que se detallan a continuación:
  • «Parentesco en línea recta en todos los grados, cualquiera sea el origen del vínculo; parentesco entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera sea el origen del vínculo; afinidad en línea recta en todos los grados; matrimonio anterior mientras subsista; haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges; tener menos de 18 años; falta permanente o transitoria de salud mental» (Art. 403 CCCN).
  • Es requisito obligatorio para el día de la ceremonia civil contar con dos testigos mayores de edad con la identificación correspondiente.
  • En caso de que uno de los contrayentes no comprenda el idioma español deberá presentar documentación del traductor público nacional quien formará parte de la ceremonia suscribiendo el acta (DNI y matricula profesional).
  • Si la edad de los contrayentes es entre 16 y 18 años deberán contar con autorización de sus representantes legales (padres, tutores, etc). A falta de dicha autorización podrán celebrar el matrimonio previa dispensa judicial. Si la edad de los contrayentes es menor a 16 años deberá requerirse en todos los casos dispensa judicial.
  • Los contrayentes podrán optar por el régimen de separación de bienes o comunidad de bienes. Si se celebra convención matrimonial, deberán presentar copia certificada del convenio realizado por el escribano autorizante. Si se opta por la comunidad de bienes, deberán firmar el formulario correspondiente en presencia del Oficial Público.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
  • Presentar los DNI de los futuros contrayentes.
  • Si hubiese inconsistencias entre los datos aportados en la Declaración Jurada y la documentación presentada, el Registro Civil podrá solicitarles las actas de nacimiento actualizadas de ambos contrayentes. Si nacieron en otras provincias, deberán proveerlas legalizadas. Si nacieron en otros países, deberán proveerlas apostilladas o visadas por el consulado argentino en el país de origen y debidamente traducidas en el caso de corresponder, con intervención del Colegio de Traductores Públicos de la Provincia de Córdoba (Av. Colon N° 168).
  • Si las inscripciones de nacimientos se produjeron en la Provincia de Córdoba, la Oficina del Registro Civil procederá a la búsqueda con los datos que deberán aportar en la declaración jurada.
  • La documentación adicional varía según la condición preexistente de ambos contrayentes.


COSTO
  • Por la celebración del matrimonio o registración de unión convivencial por la Oficina del Registro Civil en horario o día hábil: $10.000
  • Por la celebración del matrimonio o registración de unión convivencial por la Oficina del Registro Civil en horario o día inhábil: $ 30.000


INFORMACIÓN ADICIONAL
¿Cómo es la ceremonia del casamiento por civil?
El día de la ceremonia tienen que estar presentes los novios y los testigos que eligieron los novios, con el DNI para acreditar su identidad.

¿Qué es la libreta de familia?
La libreta de familia es el documento donde se asienta el matrimonio y el nacimiento de los/as hijos/as del matrimonio.